Novedades Régimen Autónomos para 2016

Bases de cotización para 2016

En 2016 la base mínima de cotización para el Régimen de Trabajadores Autónomos será de 893,10€/mes, incrementándose en un 1% respecto al 2015 y la base máxima de cotización será de 3.642€ al mes.

Los autónomos que en fecha uno de enero sean menores de 47 años podrán elegir una base comprendida entre la base mínima y máxima.

Los tengan 47 años de edad y su base de cotización de diciembre del 2015 fue igual o superior a 1.945,80€ podrán elegir su base de cotización siempre que esté entre los límites antes mencionados.

Si el autónomo posee 47 años y su base de cotización fuera inferior a 1.945,80€ no podrá elegir una base superior a 1.964,70€ al mes, salvo que ejercite dicha opción antes del 30 de Junio del 2016.

Para los trabajadores por cuenta propia que tengan 48 años o más, la base de cotización estará comprendida entre las cuantías de 963,30€ y 1.964,70€ mensuales.

Para trabajadores mayores de 50 años y con 5 o más años cotizados, si su base de cotización anterior es inferior o igual a 1.945,80€, podrán cotizar por una base comprendida entre 893,10€ y 1.964,70€ mensuales. En cambio, si su base anterior es superior a 1.945,80€, cotizarán por una base comprendida entre 893,10€ euros, y el importe de su base anterior incrementado en un 1%, pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por una base de hasta 1.964,70€ mensuales.

Los trabajadores autónomos que en el 2015 hayan tenido contratados a 10 ó más trabajadores por cuenta ajena o sean administradores de alguna sociedad mercantil, su base mínima de cotización será de 1.067,69€.

Tipos de cotización para 2016

El tipo de cotización para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos será el 29,80% ó el 29,30 %, si el autónomo está acogido al sistema de protección por cese de actividad. Cuando el trabajador no tenga cubierta la protección por incapacidad temporal, el tipo de cotización será el 26,50%.

Los trabajadores autónomos sin opción AT y EP, tendrán una cotización adicional del 0,10%, sobre la cotización elegida,  para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

El tipo de cotización para la protección por cese de actividad será el 2,2%.

 

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