Novedades – Obligación Control Horario II

Tal y como avanzamos en nuestro comunicado anterior, el  Tribunal Supremo ha introducido “novedades” en cuanto a la obligación  de las empresas de registrar la jornada diaria de sus trabajadores, así como  en la de llevar un registro de las horas extraordinarias realizadas.

La obligación de registro de la jornada diaria se ha de mantener para los trabajadores con contratos a tiempo parcial, manteniendo las opciones ya facilitadas por nuestro despacho:

  • Impreso autorellenable facilitado por iCat Consultors
  • Control horario a través del teléfono móvil
  • Control horario a través de tarjetas identificativas

También será necesario llevar un control de la realización de las horas extraordinarias de nuestros trabajadores, debiendo comunicarles su realización de forma fehaciente. Nuestro despacho ha optado, para no incrementar el número de documentos a rellenar por parte de la empresa, por incluir un campo en las nóminas mensuales con dicha información.

Para cualquier consulta pueden contactar con nuestro Departamento Laboral: laboral@icatlaboral.com

Saludos

hora

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