BONUS POR BAJA SINIESTRALIDAD LABORAL

Reducción de cotizaciones a las empresas que hayan disminuido la siniestralidad laboral

Las empresas que hayan disminuido los partes de baja y hayan tenido un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superiores a 5.000€ pueden optar a esta rebaja en las cotizaciones de dichas contingencias profesionales. También las pymes con una cotización mínima de 250€ por contingencias profesionales.

Requisitos:

1) no rebasar en el periodo de observación los límites establecidos en los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema para la aplicación del incentivo

2) encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud

3) no haber sido sancionada por resolución firme en vía administrativa en el periodo de observación por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social

4) cumplir las obligaciones de prevención de riesgos laborales establecidas para acceder al incentivo y acompañar declaración responsable

5) informar a los delegados de prevención la solicitud del incentivo

La cuantía del incentivo es del 5% del importe de las cuotas satisfechas por contingencias profesionales satisfechas en el periodo de observación, ampliable en otro 5% cuando exista inversión por la empresa en acciones complementarias, con el límite máximo del importe de la inversión realizada.

A medida que vayamos recibiendo la información de las Mutuas les iremos informando a nuestros clientes de la posibilidad de acogerse a dichas reducciones.

El período para presentar las solicitudes, en la Mutua correspondientes, será del 15 de abril al 31 de mayo de 2017.

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