El Tribunal Supremo fija que las empresas no pueden despedir disciplinariamente a los trabajadores sin abrir trámite de “audiencia previa”
El Tribunal Supremo en su sentencia de 18 de noviembre de 2024, considera que se trata de una obligación derivada del artículo 7 del Convenio núm. 158 de la Organización Internacional del Trabajo que debe aplicarse a los nuevos despidos. Según ha informado la página web del Poder Judicial, la Sala de lo Social del … [Leer más…]