Un año más Hacienda llama a nuestra puerta, y será el primero en que aplicaremos las normas derivadas de la reforma de la Ley del IRPF introducidas por la Ley 26/2014 de 27 de noviembre, tendremos que estar atentos a estas novedades en nuestra renta, que presentaremos hasta el próximo 30.06.2016, y que corresponde al ejercicio 2015.
Novedades en cuanto a las rentas del trabajo. Desaparece la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, y se sustituye por una deducción de gastos de difícil justificación por importe de 2.000€.
Las rentas de capital mobiliario también presentan alguna novedad, como la eliminación de la exención de 1.500€ anuales en caso de percibir dividendos o beneficios cuyo origen sean sociedades anónimas o limitadas.
Nueva fiscalidad de los Planes de ahorro a largo plazo, creando los seguros individuales de vida y las cuentas individuales de ahorro a largo plazo, con exenciones de los rendimientos derivados de estos nuevos productos de ahorro.
En cuanto a las rentas de capital inmobiliario, desaparece la reducción del 100% de la renta que venían practicando los arrendadores en el caso que los inquilinos fueran menores de 30 años.
Un cambio significativo es el tratamiento fiscal de las ganancias de patrimonio, en la renta de 2015 las ganancias y pérdidas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales se incluirán en la renta del ahorro, con independencia de su plazo de generación. También se elimina la posibilidad de actualizar los valores de compra de los bienes transmitidos.
En el caso de rentas negativas derivadas de rentas del capital mobiliario podrán compensarse con hasta el 10% del importe de las ganancias patrimoniales generadas, y el saldo negativo restante se podrá compensar en los cuatro ejercicios siguientes.
Se rebaja la reducción de rendimientos irregulares, aquellos cuyo período de generación es superior a dos años, al 30% con una base máxima de 300.000€.
Los planes de pensiones también han sido revisados, rebajando el importe máximo a aportar (8.000€ anuales o el importe correspondiente al 30% de la suma rentas de trabajo y de actividades económicas).
A la hora de rescatarlos, tendremos que tener en cuenta que se ha eliminado la reducción del 40% del importe íntegro de la renta derivada del rescate en forma de capital de la cantidad acumulada en un plan de pensiones o en un plan de previsión asegurado hasta el 31.12.2006. Se han establecido disposiciones transitorias que tendrá que revisar para no perder derechos en el rescate de su Plan de Pensiones.
Este 2015 también nos trae la novedad de la eliminación de la deducción estatal por arrendamiento de vivienda habitual para alquileres que no estuvieran vigentes en fecha 31.12.2014.
No todo son malas noticias, se ha mejorado el trato fiscal de las donaciones, se han creado nuevas deducciones por ascendientes o descendientes con discapacidad, para familias numerosas, ….
Como siempre nuestro consejo profesional es que revise su renta en profundidad, para no perder derechos que les pudiera corresponder.
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Calendario de la campaña de renta 2015: 10 de mayo a 30 de junio de 2016