Le recordamos que en el próximo mes de julio debe hacer la presentación del IVA, de las retenciones a cuenta de Renta y Sociedades y del pago fraccionado de Renta (en este caso para empresarios y profesionales en estimación directa y objetiva), de la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2024, y en el caso que esté obligado a presentarlo, el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas» del año 2024.
En concreto, el próximo día 21 de julio se ha de presentar y en su caso proceder al ingreso del 2º TRIMESTRE 2025 correspondiente al IVA y al pago fraccionado del IRPF en relación a las actividades empresariales y profesionales, así como al ingreso de las retenciones sobre los alquileres de locales de negocio y sobre las rentas de capital.
En el caso de sociedades, les recordamos también que el próximo día 25 de julio finaliza el plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2024. No obstante lo anterior, si el período impositivo coincide con el año natural y se produce la domiciliación del pago de la deuda tributaria, el plazo para dicha domiciliación bancaria es del 1 de julio al 22 de julio de 2025, ambos inclusive (cuando el último día del plazo para la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, de acuerdo con lo establecido por su normativa reguladora, sea inhábil, el plazo de domiciliación bancaria se ampliará el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración), si bien puede realizarse en la entidad de depósito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito) sita en territorio español en la que se encuentre abierta a su nombre la cuenta en la que se domicilia el pago.
- Atención novedad. Para aquellas declaraciones del Impuesto sobre Sociedades cuyo resultado sea a ingresar, se introduce una mejora significativa en cuanto a los medios de pago. A los medios de pago tradicionales, domiciliación, pago electrónico mediante cargo en cuenta u obtención directa del Numero de Referencia Completo (NRC), se añade en esta campaña el pago mediante tarjeta de crédito o débito en condiciones de comercio electrónico seguro o mediante transferencias instantáneas efectuadas a través de plataformas de comercio electrónico seguro (BIZUM).
Modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas»
También le recordamos que puede estar obligado en su caso a presentar el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (en adelante "IGF"), que se configura como un tributo de carácter directo, naturaleza personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.
El Modelo 718 debe ser presentado electrónicamente a través de Internet, entre el 1 y el 31 de julio de 2025 (si optas por la domiciliación bancaria de la cuota a ingresar la presentación se realizará hasta el 26 de julio cargándose en cuenta el 31 de julio).
El devengo se produce el 31 de diciembre de cada año y, por tanto, a dicha fecha deberá verificarse el importe del patrimonio neto, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones para determinar la base imponible del impuesto.
Todo ello, sin perjuicio de los plazos de presentación de las declaraciones que tengan establecidas las Comunidades Autónomas del País Vasco y Navarra.
Por este motivo, les rogamos que, en el menor plazo posible, nos faciliten toda la documentación así como aquellos datos que les solicitamos para poder realizar la confección y presentación de dichas declaraciones.
Como siempre estaremos a su disposición para resolver cualquier duda o ampliar la información que precise.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.