A la vista del contenido del Real Decreto Ley 1/2017, publicado en el BOE del 21 de enero, nuestro departamento jurídico implementará y pondrá en marcha en los próximos días el servicio especializado en las reclamaciones de dichas cláusulas ante las entidades financieras.
El primer paso es remitir por correo electrónico o hacernos llegar por cualquier otra vía una copia de la escritura de préstamo hipotecario, sus novaciones y modificaciones posteriores si las hubiera, y copia de los gastos de constitución de la hipoteca (Notario, registro de la propiedad, Impuestos de Transmisiones Patrimoniales-ITPAJD- y gestoría).
En caso de que la entidad hubiera suprimido voluntariamente la cláusula suelo, necesitamos también el documento acreditativo de la eliminación, acuerdo o renuncia firmada.
Tras el estudio de cada caso ofreceremos a todos los interesados la mejor solución para plantear su reclamación en atención a las particularidades de su préstamo hipotecario.
Para cualquier consulta o aclaración no dude en contactar con nosotros en nuestro correo electrónico: info@icatconsultors.com