Ya tenemos publicada la Orden que regula los módulos para el ejercicio 2018, la cual no recoge cambios significativos con la normativa anterior.
No existen cambios en cuanto a las actividades incluidas en el método de estimación objetiva del IRPF y en el régimen especial simplificado del IVA.
Se mantienen las cuantías de los índices y módulos, así como las instrucciones para su aplicación.
Se establecen los plazos de renuncias / revocaciones desde el 01.12.2017 a 31.12.2017
En cuanto a las reducciones, se mantiene para el ejercicio 2018 la reducción del 5% sobre el rendimiento neto.
Si hay cambios en cuanto a las magnitudes excluyentes, si bien ante las noticias de una posible prórroga del régimen transitorio preferimos no detenernos en ellas hasta que no sean definitivas.
Para consultas o aclaraciones sobre el mejor régimen a aplicar a su actividad, no dude en contactar con nosotros en fiscal@sareus.com