- Sistema de liquidación directa de cuotas:
En el nuevo sistema será Seguridad Social quien calcule la liquidación, el usuario tendrá que iniciar el proceso solicitando el cálculo de la liquidación por cada trabajador y aportar los datos que sean necesarios para realizar la liquidación (ambas gestiones por medios electrónicos), teniendo de plazo hasta el penúltimo día natural de plazo reglamentario de ingreso.
Entre las novedades que plantea este nuevo sistema destacan las siguientes:
- El cálculo de la liquidación se realizará en función de aquellos de que disponga TGSS, que contrastará con la información de las bases de datos de diferentes organismos ante las variaciones de datos de los trabajadores.
- El sujeto responsable podrá solicitar a TGSS que realice la liquidación en base a los datos de las liquidaciones comunicadas anteriormente.
- Seguridad Social aplicará las deducciones, bonificaciones o reducciones que correspondan.
- Si la liquidación se puede realizar con los datos disponibles, TGSS emitirá el documento electrónico de pago y la relación nominal de trabajadores dentro del plazo reglamentario de ingreso.
- En el caso de no poder realizarse, Seguridad Social solicitará en el plazo de 48 horas informará sobre las causas que impiden el cálculo, debiendo la empresa comunicar los datos para solventarlo, hasta el penúltimo día natural de plazo de ingreso.
- También existe la posibilidad de solicitar la liquidación parcial a TGSS de aquellos trabajadores para los que sí se pudieron realizar los cálculos. Ésta emitirá un documento electrónico de pago por esa parte de la plantilla que se pudo calcular.
La aplicación de este último sistema se está aplicando de manera gradual, incorporando en primer lugar a aquellos sujetos que tengan a todos sus trabajadores en Régimen General. Se espera que a finales de 2016 esté completamente implantado.
Los nuevos cambios introducidos pretenden obtener mayor transparencia y control de todas las gestiones que realizan los usuarios.