El próximo día 21 de diciembre tendremos elecciones al Parlament de Catalunya.
Hasta aquí bien, pero en día laborable? Cómo voy a votar? Me van a descontar el día de mi sueldo?
En este pequeño resumen contestamos a todas vuestras dudas:
Permisos Retribuidos para votar el 21-D
4 horas, si el horario de trabajo coincide en 4 o más horas con el horario de votación
2 horas si el horario de trabajo coincide entre 2 y menos de 4 horas con el horario de votación
No hay permiso, si el horario de trabajo no coincide con el horario de votación o sólo coincide por menos de 2 horas
- En contratos a tiempo parcial esas 4 horas retribuidas se reducen proporcionalmente a la jornada reducida.
- Miembros de la mesa electoral – Toda la jornada laboral + 5 primeras horas día siguiente
- La empresa puede solicitar el justificante de haber ejercido el derecho a votar, lo facilita la mesa electoral
Cualquier duda contacta con nosotros en laboral@sareus.com