Si está teniendo problemas con sus trabajadores, debe saber que el poder disciplinario es parte de las facultades del empresario para defender la disciplina frente el incumplimiento contractual del trabajador.
Tanto en el estatuto de los trabajadores como en los convenios colectivos, se estable que incumplimientos pueden ser sancionados. Dichos incumplimientos pueden ser catalogados como faltas leves, graves y muy graves.
Toda conducta sancionable debe estar tipificada legalmente y la sanción siempre será proporcional al tipo de falta.
A título de ejemplo pueden ser consideradas como faltas:
- Faltas de asistencia o impuntualidad reiteradas e injustificadas
- Ofensas verbales
- Embriaguez o toxicomanía
- Trasgresión de la buena fe contractual
En el momento que quieran iniciar un procedimiento sancionador se deberá realizar un estudio individualizado de cada caso.
Las sanciones pueden ir desde una amonestación verbal, suspensión de empleo y sueldo, hasta un despido disciplinario.
Para más información quedamos a su disposición.