Nueva convocatoria ayudas para personas afectadas por un ERTE o con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria durante el mes de mayo de 2021.
El 5 de julio se abre un nuevo formulario de inscripción para acceder a la línea de ayudas para personas afectadas por un ERTE, o bien con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria, como mínimo, un día del mes de mayo de 2021.
Como en la última convocatoria, las personas que se inscriban serán consideradas solicitantes de la ayuda sin que tengan que hacer más actuaciones y podrán resultar beneficiarias si cumplen los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria.
Esta ayuda pretende ser un complemento para la prestación por desempleo, la prestación extraordinaria de las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo, con el fin de paliar en parte esta disminución de ingresos.
Requisitos para acceder
Los requisitos que tienen que cumplir las personas trabajadoras para solicitar la ayuda son:
- Tener el domicilio en un municipio de Catalunya.
- Estar en un ERTE activo derivado de la COVID-19, con suspensión total o parcial del contrato, y que este ERTE coincida al menos un día en el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de mayo de 2021 o bien ser titular de la prestación extraordinaria en el caso de fijo-discontinuo (el artículo 9 del Real decreto ley 30/2020, de 29 de diciembre), como mínimo un día entre el 1 y el 31 de mayo 2021, o tengan pendiente el reconocimiento en el mismo periodo.
- Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y otra normativa aplicable.
Presentación de solicitudes
El trámite de solicitud se podrá realizar telemáticamente desde las 9 horas del día 5 de julio de 2021 y hasta las 15 horas del día 15 de julio de 2021 mediante un formulario de registro previo:
- La inscripción al registro se abrirá desde las 9 horas del día 5 de julio de 2021 y hasta las 15 horas del día 15 de julio de 2021.
- La orden de inscripción no determinará la preferencia en el otorgamiento.
- La inscripción al registro actuará como solicitud y, por lo tanto, no habrá que hacer más trámites.
- Para inscribirse en el registro se requerirá firma digital de la persona solicitante y se hará mediante trámite telemático.
Quedamos a su disposición como siempre, SA Consulting.