Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
En relación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para las transmisiones de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, se incluye la actualización de los coeficientes correctores del valor de adquisición al 1%. Además, se regula la compensación por la pérdida de beneficios fiscales que afecta a determinados contribuyentes con la vigente Ley del IRPF, concretamente a los perceptores de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2012 respecto a los establecidos en la normativa del IRPF vigente hasta 31 de diciembre de 2006.
Por lo que se refiere al Impuesto sobre Sociedades, las medidas incluidas son la actualización, también al 1%, de los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios en los supuestos de transmisión, la regulación de la forma de determinar los pagos fraccionados del Impuesto durante el ejercicio 2013, y el establecimiento de las actividades y programas prioritarios de mecenazgo y los beneficios fiscales aplicables a la celebración de la «3ª Edición de la Barcelona World Race» y al Programa de preparación de los deportistas españoles de los juegos «Río de Janeiro 2016».
En el Impuesto sobre el Valor Añadido se introducen varias modificaciones de carácter técnico, básicamente como consecuencia de la necesaria adaptación del ordenamiento interno a la normativa y jurisprudencia comunitarias.
El interés legal del dinero queda establecido para el año 2013 en un 4%, y el interés de demora se fija en un 5%.
Se determina el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para 2013, que queda fijado en los mismos términos que para el ejercicio 2012.
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
Entrada en vigor 01/01/2013.