Se aprobará este viernes en consejo de ministros extraordinario en forma de Real Decreto-ley
El acuerdo propone que a los ERTE de fuerza mayor total hoy vigentes (aquellos que tienen a todos sus trabajadores suspendidos de empleo) pasarán a un ERTE denominado “de transición” hasta el 30 de septiembre. Se les aplicará una exención en las cotizaciones empresariales del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en septiembre cuando la empresa tenga menos de 50 trabajadores. Para las empresas con más de 50 empleados, la exoneración de cuotas será del 50%, del 40% y del 25% en esos meses.
Por su parte, los ERTE de fuerza mayor parcial (aquellos en los que ya hay trabajadores reincorporados a su puesto), y los de causas objetivas (técnicas, organizativas, económicas y de producción) mantienen las exoneraciones del 60% para los trabajadores que vuelven a la actividad y del 35% para los que siguen con el empleo suspendido en el caso de las empresas de hasta 50 empleados. Para las empresas de 50 o más trabajadores, las exoneraciones serán del 40% para los trabajadores activados y del 25% para los no activados.
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