NOVEDAD. LEY DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTONOMO

Aspectos más destacados de las mejoras recogidas en la Ley 6/2017, de 24 de octubre de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo:

Recargo por retraso en los pagos a la Seguridad Social

A partir del 1 de enero de 2018, se reducirá a un 10% del recargo de la deuda por cotización durante el primer mes siguiente al debido, fijado actualmente en un 20%.

Pluriactividad

Para los casos de autónomos o trabajadores del mar por cuenta propia del grupo 1º que también coticen en algún Régimen por cuenta ajena, la TGSS devolverá de oficio el exceso de las cotizaciones ingresadas antes del 1 de mayo.

Tarifa plana

A partir del 1 de enero de 2018, se amplía de seis a doce meses el tiempo de cobro de la tarifa plana de cotización por contingencias comunes de 50 euros mensuales y se reduce de cinco a dos años el periodo sin cotizar en el RETA exigido para poder beneficiarse. Para el caso de haber disfrutado de la tarifa plana en un periodo de alta anterior, el tiempo exigido de no cotización se amplía a tres años.

Conciliación vida laboral y familiar

Se bonifica a las mujeres autónomas que se reincorporen al trabajo después de maternidad, adopción, acogimiento y tutela, de forma que aquellas mujeres que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha de cese por uno de los motivos anteriores, podrán acogerse a la tarifa plana de 50 euros durante los 12 meses siguientes a su reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por base mínima.

Accidentes de trabajo in itinere

Aquellos autónomos que coticen por riesgos profesionales, tendrán cubierto el accidente in itinere, que se equipara así a las contingencias profesionales. De este modo, será accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional, considerándose como tal el establecimiento donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad que no coincida con su domicilio y esté así declarado fiscalmente.

Bonificaciones por la contratación de familiares

Bonificación del 100% durante doce meses por la contratación de empleo indefinido cuando contraten a familiares. Pero no debe haber despedido de forma improcedente durante los doce meses anteriores al contrato bonificado, ni podrá extinguir por las mismas causas un contrato de trabajo en los seis meses posteriores a la celebración del contrato bonificado.

Inscripción y alta en la Seguridad Social y pago por día trabajado

A partir del 1 de enero de 2018, se podrá dar de alta y de baja hasta tres veces en el mismo año natural y en esos meses solo pagarán por días trabajados, es decir, a partir del día que se den de alta o de baja, sin tener que pagar el mes entero, como ahora. Los efectos de la baja deberán coincidir con el día real en que el trabajador comunica su cese de actividad y la cuota fija mensual se divide por 30.

Cambios en las bases de cotización

A partir del 1 de enero de 2018, se podrá cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año (actualmente dos), y así adecuarlo a los ingresos percibidos.

Compatibilidad total de la pensión y el salario

Los autónomos con empleados a su cargo y cumplida la edad legal de jubilación podrán compatibilizar el cobro del 100% de su pensión con el mantenimiento de su actividad. El resto seguirá con el 50%.

Prestaciones por maternidad y paternidad

A partir del 1 de marzo de 2018, las prestaciones económicas por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos y de los trabajadores del mar por cuenta propia del grupo 1º, consistirán en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora diaria, resultado de dividir la suma de las bases de cotización en este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al del hecho causante entre ciento ochenta. Y si no han permanecido en alta en el citado régimen durante esos seis meses, será el resultado de dividir las bases de cotización al régimen especial entre los días en que haya estado en alta en el mismo, en ese periodo.

Domiciliación obligatoria del pago de cuotas

A partir del 1 de enero de 2018, los trabajadores autónomos y los trabajadores del mar por cuenta propia vendrán obligados a la domiciliación obligatoria del pago de cuotas.

Cotización de autónomos societarios

En los Presupuestos Generales del Estado, se establecerán la cuota mínima de cotización de los autónomos societarios -con al menos 10 asalariados-, desvinculándose de SMI y a la base mínima del Régimen General.

Mejoras para las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo

A partir del 1 de enero de 2018, se recogen beneficios para aquellas personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que quieran ser autónomos.

Y a partir de la fecha de entrada en vigor de la Ley, para los hijos con discapacidad contratados por sus padres autónomos.

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