Escenarios Coronavirus I

Con la crisis del coronavirus son muchas las personas que tienen dudas sobre sus derechos laborales y sobre las medidas que están tomando sus empresas, o pueden llegar a tomar en los próximos días. ¿Qué son los ERTEs? ¿Me pueden obligar a coger vacaciones? ¿Pueden obligarme a teletrabajar? ¿Me tienen que equipar de material para teletrabajar? ¿Puedo negarme a ir al trabajo?

¿Qué es un ERTE?

Un ERTE es un expediente de regulación de empleo temporal. Básicamente, consiste en una autorización que recibe una empresa para poder suspender temporalmente los contratos de trabajo de sus empleados o reducir las jornadas.

El trabajador sigue estando contratado por la empresa, pero en un régimen especial. Los aspectos diferenciadores son que, por un lado, no se cobrará el salario, y por otro lado que los trabajadores no generan derecho a pagas extras ni a vacaciones.

Es importante destacar que en caso de ERTE, el empresario está obligado a mantener a los trabajadores dados de alta y seguir pagando el 100% de su aportación a la Seguridad Social. La ley no establece un periodo temporal de los ERTEs, de hecho se pueden encadenar varios si la situación así lo justifica.

¿Me pueden obligar a coger vacaciones?

No, la empresa no puede. El artículo 38.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que las vacaciones deben acordarse de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador. En algunos contratos se especifica que la empresa decide una parte de las vacaciones del empleado, pero debe notificarlas con al menos dos meses de antelación.

Es posible que con la crisis del coronavirus las empresas obliguen a sus empleados a coger vacaciones a sus empleados, pero se debe mostrar la disconformidad de forma escrita y, si aún así, la empresa obliga al trabajador a cogerse vacaciones el empleado puede demandar.

¿Pueden obligarme a teletrabajar?

Las empresas no pueden obligar a sus trabajadores a teletrabajar si no existe un acuerdo entre la empresa y los trabajadores. En el caso de que una empresa tenga que cerrar y enviar a todos sus empleados a trabajar desde casa, los trabajadores pueden negarse y la empresa, en principio, debería abonarles los salarios aunque no trabajen.

¿Me tienen que equipar de material para teletrabajar?

En principio la empresa debe dotar a sus empleados de todo el material necesario para el teletrabajo, pero si existe un acuerdo entre el trabajador y empresa es posible que los empleados puedan poner algunas herramientas para el trabajo a distancia, por ejemplo un ordenador portátil.

¿Puedo negarme a ir al trabajo?

Negarse a ir al trabajo no es tan sencillo, pero es cierto que el artículo 21 de la Ley de Riesgos Laborales establece que los trabajadores tendrán “derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando consideren que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud”. Esto puede ocurrir si la empresa no dota de equipos de protección individual a sus empleados, o no toma las medidas de seguridad necesarias para evitar el riesgo de contagio del coronavirus.

 

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